Con el auge del teletrabajo y la creciente popularidad de los espacios de coworking, muchas personas han optado por trabajar desde oficinas compartidas en lugar de sus hogares. Sin embargo, surge una duda común entre trabajadores remotos y empleadores: ¿Los coworkings cumplen con la NOM-037-STPS-2023, la norma mexicana que regula las condiciones de seguridad y salud en el teletrabajo?
La respuesta no es tan simple como un sí o un no, ya que depende de varios factores. En este artículo analizamos lo que establece la NOM-037, cómo aplica a los espacios alternativos al hogar, y qué deberías considerar si trabajas o planeas trabajar desde un coworking.
¿Qué dice la NOM-037 sobre el lugar de trabajo?
La NOM-037-STPS-2023, vigente desde diciembre de 2023, regula las condiciones de seguridad y salud en el teletrabajo cuando un empleado realiza más del 40% de su jornada fuera del centro laboral, utilizando tecnologías de la información.
Contrario a lo que muchos piensan, esta norma no obliga al trabajador a laborar exclusivamente desde su casa. La Ley Federal del Trabajo permite que el colaborador elija un lugar alternativo, siempre que cumpla con los requisitos mínimos en cuanto a ergonomía, seguridad e higiene.
Por lo tanto, sí es posible trabajar desde un coworking bajo la modalidad de teletrabajo regulada por la NOM-037, siempre y cuando el espacio cumpla con las condiciones establecidas.
¿Qué requisitos debe cumplir un coworking?
Un coworking que se utilice como espacio de trabajo habitual bajo régimen de teletrabajo debe cumplir con ciertos requisitos básicos, entre ellos:
- Buena iluminación natural o artificial
- Ventilación adecuada
- Instalaciones eléctricas seguras
- Mobiliario ergonómico (sillas ajustables, escritorios con altura adecuada, etc.)
- Conexión a internet estable y segura
- Salidas de emergencia y medidas contra incendios
Si bien muchos coworkings modernos ofrecen estos servicios como parte de su propuesta de valor, no todos cumplen al 100% con los estándares de la NOM-037. Por ello, tanto el empleador como el trabajador deben verificar estas condiciones antes de formalizar el uso del espacio como lugar habitual de trabajo.
¿Quién es responsable de verificar el cumplimiento?
La responsabilidad recae principalmente en el empleador. Según la NOM-037, la empresa debe realizar un análisis de riesgos del lugar donde su trabajador realizará el teletrabajo, aunque sea un coworking.
Esto puede hacerse mediante:
- Formularios de autoevaluación llenados por el trabajador
- Visitas físicas o virtuales al lugar
- Solicitud de evidencia documental (fotos, contrato del coworking, etc.)
El trabajador, por su parte, debe cooperar con esta evaluación y asegurarse de usar las instalaciones correctamente. Si cambia de espacio de trabajo, debe notificarlo a la empresa para que se realice una nueva evaluación de riesgos.
¿Y si el coworking no cumple?
Si se detecta que el coworking no ofrece condiciones seguras o adecuadas, el empleador debe:
- Proponer otro espacio alternativo
- Sugerir el regreso al teletrabajo en casa (si es viable)
- En casos extremos, replantear el esquema de trabajo
Trabajar en condiciones no conformes con la NOM-037 puede tener consecuencias legales para la empresa, que puede recibir multas si se comprueba el incumplimiento en una inspección de la Secretaría del Trabajo.
¿Buscas un coworking que cumpla con la NOM-037?
En letswork.mx entendemos la importancia de ofrecer espacios que garanticen seguridad, ergonomía y conectividad, cumpliendo con los requisitos establecidos por la NOM-037-STPS-2023.
Ya sea que trabajes de forma independiente o bajo un esquema de teletrabajo formal, nuestras instalaciones están diseñadas para brindarte un entorno laboral profesional y saludable.
Contáctanos hoy mismo en letswork.mx y descubre cómo podemos ayudarte a trabajar mejor, más seguro y en total cumplimiento con la normativa.